jueves, 27 de diciembre de 2012

El IVA está matando al pequeño comercio



En 2011 cerraron en España más de cincuenta y siete mil pequeños comercios  los datos de este año que pronto saldrán a la luz revelarán que esa cifra crecerá debido a la subida del IVA ya que los comerciantes deberán asumir gastos para mantener los precios, el coste de las materias primas aumentará considerablemente  y la disminución de la renta de los consumidores llevará a una caída del consumo  para muchos esta situación les está obligando a echar el cierre.


sábado, 22 de diciembre de 2012

La caida del consumo debido a la subida del IVA (Ser Consumidor)



La subida del IVA está llevando a una caída del consumo en todo el país como podéis ver en el video del enlace. En él se explica muy bien cómo afecta esas subida a los consumidores españoles.



http://blogs.cadenaser.com/ser-consumidor/2012/07/12/la-subida-del-iva-es-un-nuevo-mazazo-para-todos-los-consumidores-el-videoblog-de-ser-consumidor/

La Realidad del Pequeño Comercio



El pequeño comercio prevé absorber "en la medida de lo posible" la subida del IVA que a partir del 1 de septiembre, pero cree que el consumo sufrirá una nueva caída en la temporada de otoño-invierno. No se cree que el aumento del IVA haga avanzar ventas salvo en casos de compras "imprescindibles" que ya habían sido planeadas. Por otra parte los pequeños comercios de toda España están pensando en recurrir ante el Tribunal Constitucional la liberalización de horarios comerciales que pretende el Gobierno español.
La mayoría de comercios intentaran absorber la subida del IVA en la mayor parte posible pero eso acarreará un perdida de beneficios lo que a la larga les obligará a subir los precios y entonces el número de clientes se reducirá ya que irán a las grandes superficies comerciales porque allí los efectos del IVA son menores ya que pueden asumen mejor la subida del IVA. Con estas medidas lo que se busca es la extinción del pequeño comercio y la concentración de comercios en grandes superficies. Las grandes firmas no aplicarán esta subida en sus productos, como el gigante textil de Amancio Ortega, que no grabará a los consumidores, Zara, Pull & Bear, Massimo Duttti, Bershka, Stradivarius, Oysho, Zara Home y Uterqüe.

Con la medida del gobierno, los comerciantes pequeños han dado por perdidas las rebajas de verano y parte de las de invierno.
Los representantes del comercio español argumentan que son comprensivos con la situación del país pero se podían haber tomado otras medidas que no afectasen tanto al pequeño comercio y a la sociedad Española.

miércoles, 12 de diciembre de 2012


Esta es la relacion de productos y bienes y servicios:

Tipo general (pasa del 18% al 21%)
· Tabaco y bebidas alcohólicas.

· Cosméticos.

· Locales de negocio.

· Edificaciones destinadas a su demolición.

· Cesiones de uso y disfrute y el arrendamiento de bienes.
· Entradas a corridas de toros.


Tipo general (del 8% al 21%)

· Flores, plantas vivas de carácter ornamental

· Entregas de bienes relacionadas con su actividad por empresas funerarias.

· Importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.

· Entregas y adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte cuyo proveedor sea el autor o empresarios no revendedores con derecho a deducir.

· Servicios mixtos de hostelería, espectáculos o discotecas.

· Servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos a productores de cine y organizadores de teatro.

· La entrada a teatros, cines, espectáculos, conciertos o zoológicos.

· Servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte.

· Servicios funerarios.

· Asistencia sanitaria, dental y curas termales que no gocen de exención.

· Servicios de peluquería.

· Suministro y recepción de servicios de radiodifusión y televisión digital.

Tipo general (del 4% al 21%)

· Los objetos que por sus características sólo pueden utilizarse como material escolar.

Tipo reducido (pasa del 8 al 10 %)

· Compresas, tampones y protegeslips.

· Sustancias o productos susceptibles de ser utilizados para la nutrición humana o animal.

· Semillas y materiales de origen exclusivamente animal o vegetal susceptibles de originar la reproducción de animales o vegetales; fertilizantes, residuos orgánicos, correctores y enmiendas, herbicidas, plaguicidas, plásticos para cultivos y las bolsas de papel para la protección de las frutas antes de su recolección.

· Aguas aptas para la alimentación humana o animal o para el riego, incluso en estado sólido.

· Medicamentos para uso animal, así como las sustancias susceptibles de ser utilizadas en su obtención.

· Aparatos y complementos, incluidas las gafas graduadas y las lentillas que, por sus características objetivas, sean susceptibles de destinarse esencial o principalmente a suplir las deficiencias físicas de los humanos o de los animales.

· Productos sanitarios, material, equipos o instrumental propios de la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, tanto humanas como animales.

· Semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen vegetal utilizados en la obtención de flores y plantas vivas.

· Transporte de viajeros y sus equipajes.

· Servicios de hostelería, acampamiento y balneario, restaurantes y el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto.

· Limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.

· Recogida, almacenamiento, transporte, valorización o eliminación de residuos, limpieza de alcantarillados públicos y su desratización y recogida o tratamiento de aguas residuales.

· Exposiciones y ferias de carácter comercial.

· La entrada a bibliotecas, archivos, museos o galerías de arte.

· Los arrendamientos con opción de compra de viviendas, incluidas un máximo de dos plazas de garaje, y anexos en ellos situados que se arrienden conjuntamente.

Tipo superreducido del 4% (no se modifica)

· Pan común, masa de pan común congelada y pan común congelado.

· Harinas panificables.

· Leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.

· Quesos.

· Huevos.

· Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales.

· Libros, periódicos y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad, así como los elementos complementarios que se entreguen conjuntamente con estos bienes mediante precio único (cintas magnetofónicas, discos, vídeos).

· Medicamentos para humanos y las sustancias y productos necesarios para su obtención.

· Prótesis e implantes internos para personas con minusvalía.

· Reparación de sillas de ruedas.

· Arrendamientos con opción de compra de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, incluidas dos plazas de garaje.