jueves, 27 de diciembre de 2012

El IVA está matando al pequeño comercio



En 2011 cerraron en España más de cincuenta y siete mil pequeños comercios  los datos de este año que pronto saldrán a la luz revelarán que esa cifra crecerá debido a la subida del IVA ya que los comerciantes deberán asumir gastos para mantener los precios, el coste de las materias primas aumentará considerablemente  y la disminución de la renta de los consumidores llevará a una caída del consumo  para muchos esta situación les está obligando a echar el cierre.


sábado, 22 de diciembre de 2012

La caida del consumo debido a la subida del IVA (Ser Consumidor)



La subida del IVA está llevando a una caída del consumo en todo el país como podéis ver en el video del enlace. En él se explica muy bien cómo afecta esas subida a los consumidores españoles.



http://blogs.cadenaser.com/ser-consumidor/2012/07/12/la-subida-del-iva-es-un-nuevo-mazazo-para-todos-los-consumidores-el-videoblog-de-ser-consumidor/

La Realidad del Pequeño Comercio



El pequeño comercio prevé absorber "en la medida de lo posible" la subida del IVA que a partir del 1 de septiembre, pero cree que el consumo sufrirá una nueva caída en la temporada de otoño-invierno. No se cree que el aumento del IVA haga avanzar ventas salvo en casos de compras "imprescindibles" que ya habían sido planeadas. Por otra parte los pequeños comercios de toda España están pensando en recurrir ante el Tribunal Constitucional la liberalización de horarios comerciales que pretende el Gobierno español.
La mayoría de comercios intentaran absorber la subida del IVA en la mayor parte posible pero eso acarreará un perdida de beneficios lo que a la larga les obligará a subir los precios y entonces el número de clientes se reducirá ya que irán a las grandes superficies comerciales porque allí los efectos del IVA son menores ya que pueden asumen mejor la subida del IVA. Con estas medidas lo que se busca es la extinción del pequeño comercio y la concentración de comercios en grandes superficies. Las grandes firmas no aplicarán esta subida en sus productos, como el gigante textil de Amancio Ortega, que no grabará a los consumidores, Zara, Pull & Bear, Massimo Duttti, Bershka, Stradivarius, Oysho, Zara Home y Uterqüe.

Con la medida del gobierno, los comerciantes pequeños han dado por perdidas las rebajas de verano y parte de las de invierno.
Los representantes del comercio español argumentan que son comprensivos con la situación del país pero se podían haber tomado otras medidas que no afectasen tanto al pequeño comercio y a la sociedad Española.

miércoles, 12 de diciembre de 2012


Esta es la relacion de productos y bienes y servicios:

Tipo general (pasa del 18% al 21%)
· Tabaco y bebidas alcohólicas.

· Cosméticos.

· Locales de negocio.

· Edificaciones destinadas a su demolición.

· Cesiones de uso y disfrute y el arrendamiento de bienes.
· Entradas a corridas de toros.


Tipo general (del 8% al 21%)

· Flores, plantas vivas de carácter ornamental

· Entregas de bienes relacionadas con su actividad por empresas funerarias.

· Importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.

· Entregas y adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte cuyo proveedor sea el autor o empresarios no revendedores con derecho a deducir.

· Servicios mixtos de hostelería, espectáculos o discotecas.

· Servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos a productores de cine y organizadores de teatro.

· La entrada a teatros, cines, espectáculos, conciertos o zoológicos.

· Servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte.

· Servicios funerarios.

· Asistencia sanitaria, dental y curas termales que no gocen de exención.

· Servicios de peluquería.

· Suministro y recepción de servicios de radiodifusión y televisión digital.

Tipo general (del 4% al 21%)

· Los objetos que por sus características sólo pueden utilizarse como material escolar.

Tipo reducido (pasa del 8 al 10 %)

· Compresas, tampones y protegeslips.

· Sustancias o productos susceptibles de ser utilizados para la nutrición humana o animal.

· Semillas y materiales de origen exclusivamente animal o vegetal susceptibles de originar la reproducción de animales o vegetales; fertilizantes, residuos orgánicos, correctores y enmiendas, herbicidas, plaguicidas, plásticos para cultivos y las bolsas de papel para la protección de las frutas antes de su recolección.

· Aguas aptas para la alimentación humana o animal o para el riego, incluso en estado sólido.

· Medicamentos para uso animal, así como las sustancias susceptibles de ser utilizadas en su obtención.

· Aparatos y complementos, incluidas las gafas graduadas y las lentillas que, por sus características objetivas, sean susceptibles de destinarse esencial o principalmente a suplir las deficiencias físicas de los humanos o de los animales.

· Productos sanitarios, material, equipos o instrumental propios de la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, tanto humanas como animales.

· Semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen vegetal utilizados en la obtención de flores y plantas vivas.

· Transporte de viajeros y sus equipajes.

· Servicios de hostelería, acampamiento y balneario, restaurantes y el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto.

· Limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.

· Recogida, almacenamiento, transporte, valorización o eliminación de residuos, limpieza de alcantarillados públicos y su desratización y recogida o tratamiento de aguas residuales.

· Exposiciones y ferias de carácter comercial.

· La entrada a bibliotecas, archivos, museos o galerías de arte.

· Los arrendamientos con opción de compra de viviendas, incluidas un máximo de dos plazas de garaje, y anexos en ellos situados que se arrienden conjuntamente.

Tipo superreducido del 4% (no se modifica)

· Pan común, masa de pan común congelada y pan común congelado.

· Harinas panificables.

· Leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.

· Quesos.

· Huevos.

· Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales.

· Libros, periódicos y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad, así como los elementos complementarios que se entreguen conjuntamente con estos bienes mediante precio único (cintas magnetofónicas, discos, vídeos).

· Medicamentos para humanos y las sustancias y productos necesarios para su obtención.

· Prótesis e implantes internos para personas con minusvalía.

· Reparación de sillas de ruedas.

· Arrendamientos con opción de compra de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, incluidas dos plazas de garaje.








miércoles, 28 de noviembre de 2012

¿Cómo calcular el IVA?


Para calcular el importe de IVA de una cantidad sólo hay que multiplicar esta cifra por el tanto por ciento de IVA expresado en números decimales. La fórmula sería la siguiente: cantidad x 0.21 (tipo de IVA General).
Para obtener la cantidad ya con el IVA incluido hay que aplicar la siguiente fórmula: cantidad x 1.21

Para calcular el IVA en el resto de productos, aplicaremos la formula cantidad x 1.10 para el reducido y 1.04 para el superreducido.




Producto Precio IVA Precio con IVA




1 3,00 € 21% 3,63 €
2 4,00 € 10% 4,40 €
3 2,00 € 4% 2,08 €

martes, 27 de noviembre de 2012

¿Qué es el IVA?



La Agencia Tributaria española define brevemente el IVA de la siguiente forma:

    El IVA es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava: las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes.



Para comprender mejor este aquí va este ejemplo.


El siguiente ejemplo muestra la mecánica simplificada, con un IVA generalizado de 10%.

    La empresa A produce, a partir de recursos naturales, el bien X1, al que fija un precio de 100  por unidad.

    A vende X1 a B, con un precio de 100 , y añade 10  en concepto de IVA. Por lo tanto, B paga a A 110 . Resultado fiscal: A es deudor del fisco por 10

    B transforma cada unidad de X1 en una unidad de X2, bien al que fija un precio de 150 .

    B vende X2 al distribuidor C, adicionando IVA por 15 ., C paga a B 165 . Resultado fiscal: B es deudor del fisco por 5  = (15 - 10)

    C distribuye X2 en el comercio minorista, fijando un precio de 200.

    C vende X2 a la tienda D, adicionando IVA por 20 . Entonces, D paga a C 220. Resultado fiscal: C es deudor del fisco por 5  = (20 - 15)

    D vende X2 al público, fijando un precio neto de 240
    El consumidor final F compra X2 en la tienda D. F paga por el producto 264. Resultado fiscal: D es deudor del fisco por 4  = (24 - 20)


Como se ve en el ejemplo, todo el monto acumulado del impuesto (10+5+5+4=24 ) es soportado por el consumidor final (F), pero ha sido percibido en varias etapas intermedias: percepción (A+B+C+D) = impuesto pagado por el consumidor final.

Introducción



Desde el 1 de septiembre de este año entró en vigor la subida del IVA en España y Baleares porque en Canarias se aplica el Impuesto General Indirecto Canario, mientras que Ceuta y Melilla se aplican el IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación). que había propuesto previamente el actual gobierno. Los sectores más perjudicados son los que sus productos pasan del 8% al 21% y sobre todo los que han pasado del 4% al 21% como el material escolar. El segundo grupo de productos más afectados son aquellos que pasan a estar gravados con un tipo reducido del 8% al 10%.Con esta medida, la Hacienda prevé recaudar 7.500 millones de euros más este año, pero nosotros creemos que esto llevará a una caída del consumo (sobre todo en el pequeño comercios), que nos supondrá una mayor recaudación para la Hacienda española y que esto supondrá un mayor despido ya que los empresarios buscaran reducir costes para mantener sus precios.
En nuestro proyecto nos vamos a centrar en cómo afecta el la subida del IVA al pequeño comercio porque creemos que es el sector más afectado ya que en las grandes superficies esa subida no se nota tanto porque pueden utilizar más medias que el pequeño comercio para combatir la subida del IVA y también el que influye más directamente en la gente de nuestro barrio, ya que en San José no hay muchas grandes superficies comerciales y los pequeños comercios son los que sostienen económicamente al barrio.
Nosotros investigaremos sobre la realidad que sufre este sector, que hace para sobrevivir, qué medidas ha utilizado para que esta subida se note lo menos posible en el precio de sus productos, que medidas podrían se podían tomar para fomentar el pequeño comercio… Nosotros buscaremos hacer un estudio objetivo sobre esta realidad y cercano, que llegue a toda la gente del barrio y que describa como se encuentra el pequeño comercio en la actualidad.